¿Se puede echar a un inquilino ruidoso?
http://www.elderecho.com/actualidad/echar-inquilino-ruidoso_25_958625004.html Respecto a las catividades molestas de los arrendatarios, la Comunidad de propietarios puede interponer una acción judicial de «cesación de actividades molestas» contra aquellos propietarios o inquilinos que realizan en el piso o local actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas que perturben la paz, seguridad o tranquilidad del resto de vecinos. El artículo 7.2